viernes, 20 de marzo de 2009

Sobre la licencia de Paternidad


La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que revise la Ley María que reglamenta la licencia de paternidad. La petición de revisión se debe a que en la actualidad la licencia de paternidad hace una distinción entre los padres que son cotizantes únicos del sistema de salud, y los que cotizan junto con su pareja. Para los primeros, la licencia es de 4 días y para los segundos de 8. Con esta distinción según la Procuraduría general se viola el principio de igualdad consagrado en la Constitución del 91.
Para el Ministerio Público con esta modificación a la ley María se busca proteger los derechos de los niños y los padres a disfrutarse mutuamente después del nacimiento. Por esto la diferencia que actualmente se plantea es un discriminación basada solo en los aportes a la seguridad social y dejando de lado la calidad de vida del neonato.
Por eso la Corte Constitucional, según lo que afirmaron ayer los noticieros nacionales de las 7 de la noche, acordó dejar la licencia de paternidad en 8 días para los padres sin ninguna distinción. De esta manera la Corte privilegia y garantiza los derechos de los niños, en especial el de tener una familia y no ser separados de ella .
Con esta decisión la Corte Consitucional se ocupa también de garantizar el derecho a la igualdad de manera que todos los padres puedan compartir el mismo tiempo con sus recién nacidos.

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